Respuesta rápida: El EAD es una tarjeta emitida por USCIS que demuestra que una persona está autorizada para trabajar temporalmente en Estados Unidos. Su nombre oficial es Documento de Autorización de Empleo o Formulario I-766. No es una visa, una green card ni un estatus migratorio, y no todas las personas inmigrantes lo necesitan.
Si un empleador te preguntó si tienes permiso de trabajo, es importante distinguir entre el EAD, una visa laboral, la residencia permanente y el número de Seguro Social.
Cada documento cumple una función diferente. Tener uno de ellos no significa necesariamente que tengas los demás.
En esta guía explicamos qué es el EAD, para qué sirve, quién puede solicitarlo, quién no lo necesita, cuánto dura y qué reglas cambiaron desde finales de 2025.
Importante: esta información es general. La elegibilidad depende de tu categoría migratoria, tus documentos y las reglas vigentes de USCIS.
¿Qué es el permiso de trabajo EAD?
El EAD es el Documento de Autorización de Empleo. En inglés se llama Employment Authorization Document y su nombre oficial es Formulario I-766.
Es una tarjeta física emitida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, conocido como USCIS. Su función es demostrar que una persona está autorizada para trabajar durante un periodo determinado.
El EAD suele ser necesario cuando una persona no tiene autorización de empleo directamente por su estatus migratorio, pero pertenece a una categoría que le permite solicitarla.
Por ejemplo, una persona con una solicitud de asilo pendiente, DACA, TPS o un ajuste de estatus puede ser elegible para pedir un EAD.
El EAD no se obtiene únicamente porque una persona desea trabajar. Debe existir una categoría migratoria que permita presentar el Formulario I-765.
¿Para qué sirve el EAD?
El EAD sirve para demostrar dos cosas durante el proceso de contratación:
- La identidad del trabajador.
- Su autorización para trabajar en Estados Unidos.
Por esta razón, un EAD vigente que contiene fotografía aparece como un documento de la Lista A del Formulario I-9.
Los documentos de la Lista A demuestran identidad y autorización de empleo al mismo tiempo. Si presentas un EAD válido que parece auténtico y corresponde a tu identidad, normalmente no tienes que presentar además un documento de la Lista B o de la Lista C.
El empleador utiliza el Formulario I-9 para verificar que cada persona contratada está autorizada para trabajar.
¿Qué no hace un permiso de trabajo?
El EAD únicamente demuestra autorización temporal de empleo. Por sí solo no:
- Otorga residencia permanente.
- Convierte a una persona en ciudadano estadounidense.
- Funciona como una visa para ingresar a Estados Unidos.
- Garantiza que una persona pueda viajar fuera del país y regresar.
- Elimina una orden de deportación.
- Protege automáticamente contra un proceso migratorio.
- Cambia el estatus migratorio del titular.
La protección migratoria depende de la categoría que permitió obtener el EAD, como asilo, DACA, TPS, ajuste de estatus u otra clasificación.
¿Cuál es la diferencia entre EAD, green card, visa y SSN?
| Documento | Función principal | ¿Autoriza a trabajar? |
|---|---|---|
| EAD o Formulario I-766 | Demuestra autorización temporal de empleo. | Sí, durante su vigencia o una extensión válida. |
| Green card o Formulario I-551 | Demuestra residencia permanente. | Sí. El residente no necesita un EAD separado. |
| Visa de trabajo | Permite solicitar entrada bajo una categoría laboral. | Depende de la admisión, el I-94 y las condiciones de la categoría. |
| Visa de turista B-1/B-2 | Permite determinadas visitas temporales. | No permite aceptar empleo regular en Estados Unidos. |
| Número de Seguro Social | Se utiliza para registrar ingresos y otros fines administrativos. | No autoriza a trabajar por sí solo. |
| ITIN | Se utiliza para presentar impuestos cuando no se tiene SSN. | No es un permiso de trabajo. |
Para conocer todas las vías posibles, consulta nuestra guía sobre cómo trabajar legalmente en Estados Unidos siendo inmigrante.
¿Quién necesita solicitar un EAD?
El EAD suele ser necesario para personas que no están autorizadas a trabajar directamente por su estatus, pero tienen una categoría que les permite solicitar autorización de empleo.
Entre las situaciones más comunes se encuentran las siguientes.
Solicitantes de asilo
Una persona con una solicitud de asilo pendiente puede presentar el Formulario I-765 bajo la categoría C08 después de que hayan transcurrido al menos 150 días desde que presentó correctamente el Formulario I-589.
USCIS no puede conceder el EAD antes de que la solicitud de asilo haya permanecido pendiente durante al menos 180 días.
Determinados retrasos solicitados o causados por el propio solicitante pueden detener el llamado reloj de asilo.
Beneficiarios de DACA
Las personas con DACA pueden solicitar un EAD bajo la categoría C33.
La solicitud de autorización de empleo se presenta como parte del paquete de DACA, que normalmente incluye los formularios I-821D, I-765 e I-765WS.
El EAD de DACA suele tener la misma vigencia que el periodo de acción diferida concedido.
Beneficiarios de TPS
Las personas elegibles para el Estatus de Protección Temporal pueden solicitar autorización de empleo.
Las categorías más frecuentes relacionadas con TPS son:
- A12: TPS concedido.
- C19: solicitud inicial de TPS pendiente.
La vigencia del EAD y las posibles extensiones dependen de los avisos oficiales correspondientes a cada país.
Personas con ajuste de estatus pendiente
Una persona que presentó el Formulario I-485 para solicitar la residencia permanente puede ser elegible para un EAD bajo la categoría C09 mientras USCIS decide el caso.
Presentar el I-485 no autoriza automáticamente a trabajar. Si la persona no tiene otra base de autorización, debe esperar a que USCIS apruebe el EAD.
Determinados cónyuges H-4
Algunos cónyuges de trabajadores H-1B pueden solicitar un EAD bajo la categoría C26.
No todos los titulares de estatus H-4 son elegibles. La posibilidad de solicitarlo depende de la situación migratoria del cónyuge H-1B y de los requisitos establecidos por USCIS.
Personas con determinadas protecciones humanitarias
También pueden existir opciones de autorización de empleo para personas relacionadas con:
- Estatus de no inmigrante U para víctimas de ciertos delitos.
- Estatus de no inmigrante T para víctimas de trata de personas.
- VAWA.
- Suspensión o retención de remoción.
- Salida forzosa diferida.
- Otras categorías humanitarias reconocidas por USCIS.
La forma de obtener la autorización no es idéntica en todas estas categorías. Algunas personas están autorizadas por su estatus y otras deben presentar el Formulario I-765.
¿Quién no necesita un EAD?
Algunas personas pueden trabajar sin solicitar una tarjeta EAD porque su autorización proviene directamente de su ciudadanía, residencia o estatus migratorio.
| Situación | ¿Necesita EAD? | Base de autorización |
|---|---|---|
| Ciudadano estadounidense | No | Ciudadanía estadounidense |
| Residente permanente | No | Green card o Formulario I-551 |
| Refugiado | No para estar autorizado, aunque puede recibir un EAD como evidencia | Estatus de refugiado |
| Persona con asilo aprobado | No para estar autorizada, aunque puede solicitar un EAD | Estatus de asilado |
| Trabajador H-1B, H-2A, H-2B, L-1, O-1 o TN | Normalmente no | Estatus y empleo autorizado bajo su clasificación |
| Determinados cónyuges L-2 | No | Autorización de empleo por su estatus L-2S |
| Determinados cónyuges E | No | Autorización de empleo por su estatus |
Los trabajadores con visas vinculadas a un empleador solo pueden trabajar de acuerdo con las condiciones de su clasificación. No tener que solicitar un EAD no significa que puedan trabajar para cualquier empresa.
¿Los cónyuges L-2 deben solicitar un EAD?
Los cónyuges L-2 elegibles están autorizados para trabajar por su propio estatus. USCIS los considera autorizados para trabajar de manera incidental a su estatus migratorio.
Un Formulario I-94 con la clasificación L-2S puede utilizarse como evidencia de autorización de empleo.
Por esa razón, no están obligados a solicitar un EAD. Sin embargo, algunos pueden decidir obtenerlo como documento adicional.
Esta regla aplica a los cónyuges elegibles. Los hijos dependientes con estatus L-2 no reciben automáticamente autorización de empleo.
¿Cómo se ve físicamente una tarjeta EAD?
El EAD es una tarjeta plástica del tamaño aproximado de una tarjeta de crédito o licencia de conducir.
En la parte frontal suele mostrar:
- Fotografía del titular.
- Nombre completo.
- Número de USCIS o número A.
- Fecha de nacimiento.
- País de nacimiento.
- Código de categoría migratoria.
- Fecha de inicio de vigencia.
- Fecha de vencimiento.
- Restricciones o anotaciones, cuando correspondan.
En el reverso contiene códigos, elementos de seguridad y otra información utilizada para verificar la autenticidad del documento.
La categoría aparece normalmente junto a la palabra Category. Este código es importante porque indica la razón migratoria por la que se concedió la autorización.
¿Cuánto tiempo dura un EAD?
No todos los permisos de trabajo tienen la misma duración. La vigencia depende de la categoría, el trámite relacionado y las políticas aplicables cuando USCIS emite la tarjeta.
| Categoría o situación | Vigencia aproximada | Consideración |
|---|---|---|
| DACA | Generalmente hasta dos años | Suele coincidir con el periodo de DACA concedido. |
| TPS | Depende de la designación | Puede estar sujeto a extensiones publicadas para cada país. |
| Asilo pendiente | Según el periodo aprobado por USCIS | La autorización termina en la fecha indicada, salvo extensión válida. |
| Ajuste de estatus pendiente | Según el periodo aprobado por USCIS | Puede renovarse mientras el I-485 siga pendiente y exista elegibilidad. |
| Otras categorías | Variable | Depende del estatus o beneficio migratorio relacionado. |
Desde el 4 de diciembre de 2025, USCIS redujo de cinco años a un máximo de 18 meses la vigencia de los EAD nuevos y renovados emitidos bajo determinadas categorías.
El cambio afecta a categorías específicas. No significa que todos los EAD deban durar exactamente 18 meses.
La fecha que controla la vigencia de tu autorización es la que aparece en la tarjeta, salvo que exista una extensión automática válida establecida por una regla, ley o aviso oficial.
¿Qué cambió con la extensión automática del EAD?
Antes del 30 de octubre de 2025, determinadas personas que presentaban una renovación elegible podían recibir una extensión automática de hasta 540 días mientras USCIS procesaba la solicitud.
La extensión no se aplicaba a todas las categorías ni a todas las renovaciones.
Desde el 30 de octubre de 2025, las renovaciones presentadas en esa fecha o después generalmente ya no reciben una extensión automática solo por haber enviado el Formulario I-765.
| Fecha y situación | Posible efecto |
|---|---|
| Renovación elegible presentada antes del 30 de octubre de 2025 | Puede conservar una extensión de hasta 540 días si cumple todos los requisitos. |
| Renovación presentada el 30 de octubre de 2025 o después | Generalmente no recibe extensión automática por la presentación. |
| EAD cubierto por un aviso de TPS o DED | Puede existir una extensión especial según las fechas y categorías del aviso. |
| Extensión establecida por una ley | Se aplican los requisitos de esa disposición específica. |
Por eso es importante revisar la fecha de vencimiento con anticipación. USCIS recomienda presentar determinadas renovaciones hasta 180 días antes del vencimiento, cuando la categoría lo permite.
Consulta nuestra guía completa sobre cómo renovar el permiso de trabajo EAD.
¿Cómo se solicita un EAD?
El permiso de trabajo se solicita normalmente mediante el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo.
El proceso general incluye:
- Identificar la categoría de elegibilidad correcta.
- Descargar la edición vigente del Formulario I-765.
- Reunir la evidencia correspondiente a la categoría.
- Confirmar la tarifa o una posible exención.
- Verificar si la categoría permite presentar en línea.
- Enviar la solicitud a la dirección correcta cuando deba presentarse en papel.
- Guardar el aviso de recibo y hacer seguimiento del caso.
No todas las categorías pueden presentar el I-765 en línea. Debes revisar la lista vigente de USCIS antes de elegir el método de presentación.
¿Qué documentos pueden solicitar?
Los requisitos cambian según la categoría. USCIS puede pedir algunos de los siguientes documentos:
- Copia de un EAD anterior.
- Copia del pasaporte o documento de identidad.
- Registro de entrada I-94.
- Aviso de aprobación o recibo del trámite migratorio relacionado.
- Evidencia de TPS, DACA, asilo, ajuste de estatus u otra categoría.
- Fotografías tipo pasaporte.
- Traducciones certificadas.
- Pago de la tarifa correspondiente.
La lista exacta aparece en las instrucciones oficiales del Formulario I-765.
¿Cuánto tarda USCIS en aprobar un EAD?
No existe un tiempo único para todas las solicitudes. El plazo depende de:
- La categoría de elegibilidad.
- Si es una solicitud inicial, renovación o reemplazo.
- La oficina que procesa el caso.
- La carga de trabajo de USCIS.
- La necesidad de enviar evidencia adicional.
- Los controles y verificaciones aplicables.
No utilices como garantía el tiempo que tardó el permiso de un familiar o conocido.
Después de recibir el Formulario I-797C, puedes consultar nuestra guía para verificar el estatus de un trámite de USCIS.
¿Puedes trabajar mientras esperas el primer EAD?
En general, no puedes comenzar a trabajar solamente porque presentaste el Formulario I-765.
Debes esperar a que USCIS apruebe la autorización y contar con evidencia aceptable para el proceso del Formulario I-9.
La situación es distinta cuando una persona ya está autorizada para trabajar directamente por su estatus, como determinados refugiados, asilados, cónyuges L-2 o trabajadores no inmigrantes.
¿Un empleador puede exigirte una green card?
Durante el proceso del Formulario I-9, el trabajador puede elegir qué documentos aceptables presentar.
Un empleador generalmente no puede exigir una green card, un pasaporte estadounidense o documentos adicionales cuando el trabajador ya presentó documentación válida que parece auténtica y corresponde a su identidad.
Un EAD vigente con fotografía es un documento de la Lista A y demuestra por sí solo identidad y autorización de empleo.
Exigir documentos adicionales o rechazar un EAD válido por la ciudadanía, nacionalidad o situación migratoria del trabajador puede constituir una práctica documental injusta.
Para conocer otras protecciones, revisa nuestra guía sobre derechos laborales básicos para hispanos en Estados Unidos.
¿Puedes trabajar para cualquier empresa con un EAD?
En muchas categorías, el EAD no está vinculado a un empleador específico. Esto permite trabajar para diferentes empresas, cambiar de empleo o tener más de un trabajo mientras la autorización esté vigente.
Sin embargo, debes revisar las condiciones de tu categoría migratoria. El EAD no elimina otros requisitos profesionales, licencias estatales o restricciones relacionadas con el tipo de empleo.
La situación es diferente para visas laborales como H-1B, H-2A, H-2B o TN, porque la autorización suele estar vinculada a un empleador y a una actividad determinada.
¿Qué ocurre si pierdes o dañan tu tarjeta EAD?
Si tu EAD se pierde, es robado o queda dañado, normalmente debes presentar un nuevo Formulario I-765 para solicitar un reemplazo.
Perder la tarjeta física no siempre significa que tu autorización migratoria terminó. Sin embargo, puede dificultar demostrarla al comenzar un nuevo empleo o durante una reverificación.
Para el Formulario I-9, un recibo que demuestre que solicitaste el reemplazo de un documento perdido, robado o dañado puede ser aceptable temporalmente.
Este recibo suele ser válido durante 90 días. Después debes presentar el documento de reemplazo.
Esta regla de recibos para reemplazo no debe confundirse con un aviso de recibo de renovación. Presentar una renovación no extiende automáticamente todos los EAD.
¿Cómo saber si tu EAD sigue vigente?
Revisa los siguientes elementos:
- La fecha que aparece junto a “Card Expires”.
- El código de categoría impreso en la tarjeta.
- La fecha en que presentaste una posible renovación.
- El aviso de recibo I-797C.
- Las reglas de extensión correspondientes a tu categoría.
- Los avisos de TPS o DED, cuando correspondan.
- El estatus de la solicitud relacionada.
No asumas que el EAD continúa vigente únicamente porque USCIS todavía no decide la renovación.
¿Cuáles son los errores más comunes con el EAD?
- Confundir el EAD con una green card.
- Creer que el SSN o el ITIN autorizan a trabajar.
- Solicitar el EAD sin una categoría migratoria elegible.
- Elegir un código incorrecto en el Formulario I-765.
- Presentar una renovación demasiado tarde.
- Asumir que cualquier recibo I-797C extiende la autorización.
- No revisar los avisos específicos de TPS.
- Enviar una tarifa o edición incorrecta del formulario.
- Comenzar a trabajar antes de contar con autorización.
- No informar un cambio de dirección a USCIS.
¿Qué pasa si trabajas sin un EAD válido?
Cuando el EAD es tu única base de autorización, trabajar después de su vencimiento puede considerarse empleo no autorizado.
Esto puede afectar determinados trámites migratorios. Las consecuencias dependen de tu categoría, historial, forma de entrada y beneficio que pretendas solicitar.
No utilices documentos falsos, un número de Seguro Social ajeno ni una identidad que no te pertenece. Tampoco declares ser ciudadano estadounidense si no lo eres.
Estas acciones pueden producir consecuencias migratorias y legales graves.
Si actualmente no tienes autorización, consulta nuestra guía informativa sobre trabajos que no piden papeles y los riesgos que debes conocer. Ese contenido no sustituye una autorización legal de empleo.
Preguntas frecuentes sobre el permiso de trabajo EAD
¿El EAD y la green card son lo mismo?
No. La green card demuestra residencia permanente y permite trabajar de forma permanente mientras se conserve el estatus. El EAD es una autorización temporal vinculada a una categoría migratoria determinada.
¿El EAD es una visa?
No. Una visa permite solicitar entrada a Estados Unidos bajo una clasificación concreta. El EAD demuestra autorización de empleo dentro del país, pero no reemplaza una visa ni garantiza la entrada después de viajar.
¿Puedo pedir un EAD solamente porque necesito trabajar?
No. Debes pertenecer a una categoría migratoria autorizada para solicitar el Formulario I-765.
¿Puedo trabajar mientras espero mi primer EAD?
Generalmente no. Debes esperar la aprobación, salvo que tu estatus ya te autorice para trabajar sin necesidad de una tarjeta EAD.
¿Un empleador puede pedirme EAD y green card al mismo tiempo?
Normalmente no debe exigir ambos documentos. Un EAD vigente con fotografía es un documento de la Lista A y puede demostrar identidad y autorización de empleo por sí solo.
¿Puedo trabajar para cualquier empleador con mi EAD?
En muchas categorías sí, porque el EAD no está vinculado a un patrocinador específico. Debes revisar las condiciones de tu categoría y cualquier requisito profesional aplicable.
¿El EAD me protege de la deportación?
No. El EAD únicamente demuestra autorización de empleo. Cualquier protección migratoria proviene del estatus o beneficio que permitió obtenerlo.
¿Qué pasa si mi EAD vence mientras USCIS procesa la renovación?
Si no tienes una extensión automática válida ni otra base de autorización, debes dejar de trabajar cuando venza la tarjeta y esperar la nueva aprobación.
¿Qué hago si pierdo mi EAD?
Debes solicitar un reemplazo con el Formulario I-765. Para el Formulario I-9, el recibo de la solicitud de reemplazo de un documento perdido, robado o dañado puede aceptarse temporalmente durante un máximo de 90 días.
¿Cuánto tiempo dura un permiso de trabajo?
Depende de la categoría. Algunos EAD duran hasta dos años, otros siguen la duración del estatus relacionado y determinadas categorías tienen actualmente una vigencia máxima de 18 meses.
Fuentes oficiales
- Documento de Autorización de Empleo — USCIS.
- Formulario I-765 — USCIS.
- Documentos aceptables para el Formulario I-9 — USCIS.
- Recibos aceptables para el Formulario I-9 — USCIS.
- Fin de determinadas extensiones automáticas del EAD — USCIS.
- Cambios en la vigencia de determinados EAD — USCIS.
- Derechos durante la verificación de empleo — Departamento de Justicia.
Conclusión
El EAD es una tarjeta que demuestra autorización temporal para trabajar en Estados Unidos. No es una green card, una visa ni una protección migratoria independiente.
Algunas personas necesitan solicitarlo porque tienen DACA, TPS, asilo pendiente, ajuste de estatus u otra categoría elegible. Otras, como los residentes permanentes, refugiados, asilados aprobados y determinados trabajadores no inmigrantes, están autorizadas para trabajar sin un EAD separado.
Si ya tienes una tarjeta, revisa la fecha de vencimiento y tu categoría. Las renovaciones presentadas desde el 30 de octubre de 2025 generalmente ya no reciben la antigua extensión automática, por lo que esperar hasta las últimas semanas puede provocar una interrupción laboral.
Aviso legal: este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Las normas migratorias cambian y cada caso depende de su categoría, historial y documentación. Consulta con un abogado de inmigración autorizado o una organización acreditada antes de tomar decisiones importantes.
